La Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP) anunció el segundo período de veda del camarón de 2026. La restricción arranca a las 12:01 a.m. del 1 de septiembre y se extiende hasta las 12:00 mediodía del 11 de octubre.
Durante ese lapso queda prohibida la captura de camarones marinos de cualquier especie en toda la República de Panamá. La prohibición abarca también el transporte de nauplios y postlarvas.
Salvoconducto obligatorio para mover producto
Quien transporte camarones de cualquier origen durante la veda deberá portar un Salvoconducto de Veda del Camarón expedido por la ARAP, con un costo de $5.00. Sin ese documento, el traslado queda fuera de la ley.
Certificado de inspección ocular para el sector comercial
Establecimientos comerciales, centros de acopio, plantas procesadoras, fincas de cultivo, intermediarios y demás personas o empresas vinculadas con la comercialización del camarón deberán contar con un Certificado de Inspección Ocular para mantener, vender, comercializar o almacenar el producto durante la veda.
El plazo para solicitar esa inspección vence el 31 de agosto. Quienes realicen el trámite entre el 1 y el 4 de septiembre enfrentarán una multa de $50. A partir del 5 de septiembre, la ARAP dejará de recibir solicitudes.
Vigilancia activa
La institución indicó que durante las semanas de veda realizará inspecciones y acciones de control con apoyo de otras entidades para verificar el cumplimiento de las restricciones. El objetivo declarado es permitir la reproducción de la especie y contribuir a la sostenibilidad del recurso pesquero.
Lectura de Ágora Capital
La veda es un instrumento de gestión de recursos naturales con lógica de largo plazo: sin stock, no hay industria. El calendario claro y los plazos publicados con antelación —salvoconducto a $5, inspección gratuita antes del 31 de agosto— ofrecen a los operadores privados margen suficiente para ordenar inventarios y cumplir sin sobresaltos.
El punto de tensión, como siempre, está en la ejecución. Capital busca reglas claras, y la ARAP las ha publicado. La pregunta que responderán las próximas semanas es si la capacidad de vigilancia institucional alcanza para hacer creíble la norma frente a quienes calculen que el riesgo de incumplimiento es bajo. De esa credibilidad depende, en última instancia, que la veda cumpla su propósito productivo.



