El Impuesto sobre los Ingresos Brutos es, al mismo tiempo, el recurso más importante de las provincias argentinas y el más distorsivo del sistema tributario del país. Así lo sostiene la doctrina especializada mayoritaria, y así lo confirman organismos como la OCDE y el Banco Interamericano de Desarrollo.
El tributo tiene raíces profundas. En 1904, la provincia de Buenos Aires aprobó la ley del Impuesto al Comercio e Industria. En 1948 surgió su antecedente directo bajo el nombre de Impuesto a las Actividades Lucrativas. En 1977 adoptó la denominación actual, coincidiendo con la sanción del IVA. Hoy opera en las 24 jurisdicciones del país.
El efecto cascada, el problema central
El mecanismo es simple y dañino: el impuesto se aplica sobre los ingresos brutos en cada etapa de la cadena económica, sin permitir descontar lo pagado en etapas anteriores. El resultado es una acumulación de carga que encarece el producto final y reduce márgenes en toda la cadena de valor.
Ese efecto cascada también golpea las exportaciones. Aunque estas están técnicamente exentas, el impuesto acumulado en etapas previas se traslada al costo del producto, erosionando la competitividad internacional de la industria argentina.
A eso se suma la doble o múltiple imposición: la misma actividad puede gravarse en distintas jurisdicciones, generando conflictos de atribución de ingresos y gastos que ningún pacto fiscal ha resuelto. En 1993 y 1994 se firmaron sendos pactos fiscales en los que los gobiernos provinciales asumieron el compromiso de eliminar o reducir la imposición. Nunca ocurrió.
Complejidad que alimenta la informalidad
Cada provincia fija sus propias alícuotas, exenciones y regímenes de retención y percepción. La carga administrativa resultante es alta y desigual: provincias con alícuotas más gravosas generan desventajas comerciales frente a competidores de otras jurisdicciones. Esa complejidad, combinada con una presión elevada, empuja a más agentes económicos hacia la informalidad.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por su parte, no ha declarado la inconstitucionalidad del tributo en los casos de afectación al comercio interjurisdiccional ni en los de discriminación entre contribuyentes locales y los de extraña jurisdicción.
La OCDE y el BID ya dieron el veredicto
Los organismos internacionales son categóricos: los impuestos sobre el volumen o ingresos brutos generan mayores distorsiones que los del IVA y recomiendan su reemplazo gradual por tributos que graven el consumo o la renta. Países federales como Alemania, Brasil, Canadá, Australia e India ofrecen sistemas alternativos sustentables que no requieren un equivalente al Ingresos Brutos.
Desde Ágora Capital, la lectura es directa. Un impuesto que grava el ingreso y no la rentabilidad castiga a la empresa que invierte y produce, no solo a la que gana. Cada eslabón de la cadena paga, y ese costo termina en el precio que paga el consumidor o en la decisión de no invertir. La reforma tributaria que Argentina necesita tiene una primera parada obligatoria: eliminar el tributo provincial que más daño hace por cada peso recaudado. El capital busca reglas claras y costos predecibles; Ingresos Brutos ofrece exactamente lo contrario.



